JUBILADOS/PENSIONADOS: EMPADRONAMIENTO
La Municipalidad de Goya invita a Jubilados / Pensionados a empadronarse con el fin de obtener los beneficios de descuento del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto Inmobiliario, Urbano y Suburbano y del cincuenta por ciento (50%) de la Tasa por Retribución de Servicios para el periodo/año 2023.
Podrán acceder al beneficio si cumplen con los siguientes requisitos:
- Ser propietario, usufructuario o poseedor a título de dueño de un solo inmueble.
- Que el inmueble sea edificado
- Que la remuneración mensual del jubilado y/o pensionado no supere en dos (2) veces el salario mínimo vital y móvil vigente a esa fecha
- Cuando el inmueble fuera de propiedad del cónyuge o estuviere en condominio entre el jubilado y su cónyuge o hijos menores, o en condominio entre dos jubilados o pensionados siempre que la percepción previsional de ambos no superen el máximo establecido.
- El domicilio a eximir debe coincidir con el domicilio donde habita el jubilado o pensionado
- La propiedad eximida no podrá ser sede de actividades comerciales, industriales, de servicios o estar arrendada a terceros.
Los interesados deberán concurrir al edificio municipal (jubilado o su apoderado) desde el día de la fecha y hasta el 15 de diciembre de 2022 con fotocopia de su DNI, último recibo cobrado de su jubilación y/o pensión y contrato de usufructo de corresponder.
LOS JUBILADOS QUE NO SE EMPADRONEN DENTRO DEL PERIODO ESTABLECIDO NO GOZARÁN DE LOS BENEFICIOS ANTES ENUNCIADOS.





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