
TRAS MÁS DE UNA DÉCADA DE LITIGIO
EL STJ CONSIDERÓ ADMISIBLE UN RECLAMO DE PROPIEDAD EN CARLOS PELLEGRINI
El Superior Tribunal de Justicia en un fallo reciente dejó sentado el derecho de propiedad de una familia de herederos de Roberto Sniechowski respecto a las tierras que habría comprado en la década de 1970 y componen hoy en día terrenos de familias, cabañas, particulares y municipales.
Los señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes; doctores Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan, con la Presidencia del doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y asistidos de la Secretaria Jurisdiccional Dra. Marisa Esther Spagnolo declaró en primer lugar la nulidad de la Sentencia N° 677 de fecha 5 de diciembre de 2011 y de todo lo actuado en los autos que bajo N°12527/11 tramitó ante el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Goya.
A lo largo de los 12 años en disputa, los Sniechowski, con la escritura de la propiedad de los inmuebles, donaron 90 lotes a humildes pobladores que habitaban en el lugar desde hace años. Los últimos 130 lotes se mantuvieron en disputa por privados, la Municipalidad, pese a que la parte demandada intentó en varias oportunidades alcanzar un acuerdo para poner fin a los años de disputa. La constante negativa de los actores estiró la definición judicial que el 7 de mayo tuvo resolución definitiva: quienes pretendan escriturar los inmuebles que poseen deberán ahora acordar con los Sniechowski.
Fueron procesos judiciales múltiples y engorrosos, a lo largo de los 12 años, en el año 2015 hubo acuerdo en Mercedes con numerosos pobladores, medida en los que intervino el doctor Rene Buffil y en el año 2019 también hubo acuerdos en Goya, con el doctor Gabriel Saade. La posibilidad de acordar dejó en evidencia el ánimo de los legítimos dueños de esas tierras, quienes no pretendían despojar a los pobladores de sus hogares.
Tras conocer la decisión del Superior Tribunal de Justicia, los representantes legales de los herederos de Sniechowski destacaron que “a partir de hoy se puede invertir en ese lugar porque hay seguridad jurídica”. Así también consideran que el fallo representa “una deuda saldada con los que fueron los compradores iniciales y nunca pudieron perfeccionar su título por el fallecimiento de los padres”.
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