Un proyecto legislativo, basado en aportes de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Corrientes, solicita la adhesión provincial a la Ley Nacional 27743 de Régimen de Regularización de Activos. Se destaca la necesidad de adherir a la nueva normativa nacional, pero con criterios de equidad frente a quienes en tiempo y forma declararon sus ingresos y cumplieron con sus obligaciones tributarias.
Según se explica, desde la Asociación de Jóvenes Empresarios de Corrientes, a través de una nota dirigida a la presidencia de la Cámara de Diputados, se pidió que se impulse un proyecto de ley para que la provincia adhiera a la ley nacional 27743.
Allí expresaron también su posición sobre los términos en que entienden debe hacerse la adhesión y, entre otras cosas, solicitaron, pro un lado, que se libere de impuestos y tasas locales a quienes regularicen activos a fin de que quienes omitieron ingresarlos oportunamente, puedan hacerlo ahora “sin el riesgo de enfrentarse a cargas fiscales adicionales”.
También que se permita “a los consumidores finales conocer la incidencia del impuesto sobre los ingresos brutos y los respectivos tributos municipales en la formación de precios”; y que a los pequeños contribuyentes que no lleguen al tope máximo de facturación mensual que se determine, se los libere de retenciones por ingresos brutos sobre los cobros electrónicos.
Respecto de lo pretendido en primer término, entienden “conveniente incentivar la regularización de activos y dar previsibilidad a quienes adhieran al régimen, más consideran que no hay que olvidar que la propia ley nacional establece un “impuesto especial de regularización” con alícuotas que oscilan entre el 0 y el 15% (cfr. ley citada art. 28 y ccs.), y que además, hacerlo sin costo alguno, crea una situación de ostensible inequidad frente a quienes en tiempo y forma declararon sus ingresos y cumplieron con sus obligaciones tributarias.
Por ello, estiman necesario compatibilizar el interés de quienes vayan a regularizar sus activos con criterios de equidad fiscal y perspectiva local.
En relación al segundo aspecto abordado y que se vincula con la invitación cursada a las provincias por el art. 99 de la ley 27743, se argumenta que ello coadyuva a la transparencia con que debe conducirse el estado frente a todos los ciudadanos y en todos sus niveles, por lo que comparten el criterio de la citada ley nacional y lo solicitado por la Asociación de Jóvenes Empresarios.
En lo referido a los beneficios fiscales solicitados para para los pequeños contribuyentes, en línea con lo establecido por el art 102 de la ley 27743, también consideran conveniente bajar el impacto que el impuesto sobre los ingresos brutos tiene sobre ellos y también sobre los consumidores que utilizan medios electrónicos de pago, motivo por el cual compartimos el criterio de la citada ley.
Por ello, solicitan el acompañamiento para la sanción del presente proyecto, que fija los términos de la adhesión de la provincia a la ley 27.743.
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